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Mano masculina firmando un documento con un bolígrafo, mientras sostiene un anillo, relacionado con la ratificación de un convenio regulador.

He firmado un convenio de divorcio y no quiero ratificar

Si he firmado un convenio de divorcio y no quiero ratificar, va a haber consecuencias directas. La ratificación es un paso necesario en el que ambas personas, frente al juez, confirman que están de acuerdo con el pacto firmado previamente, dándole validez oficial y efectos legales.

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¿Qué es la ratificación de un convenio de divorcio?

Ratificar un convenio regulador de divorcio conlleva la confirmación formal del acuerdo alcanzado entre las partes ante el juez competente. Se trata de un acto imprescindible para dotar al convenio de la, de acuerdo con lo establecido en el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) . Este precepto regula el procedimiento de mutuo acuerdo y exige que ambas partes comparezcan ante el juzgado para ratificar su voluntad.

El convenio regulador suele incluir aspectos fundamentales como son el divorcio, la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión alimenticia, el uso de la vivienda familiar y la posible compensación económica entre los cónyuges. Sin la ratificación judicial, este acuerdo carece de efectos legales y no puede ejecutarse.

Además, su ratificación permite que el juez valore si el convenio cumple con los requisitos legales y protege a las partes involucradas, lo que conlleva el tener que verificar que las cláusulas pactadas sean justas y equitativas, especialmente en lo que respecta al bienestar de los hijos menores.

La ratificación también asegura que se respeten los principios de igualdad y equidad, dando a ambas partes la oportunidad de expresar cualquier desacuerdo o preocupación antes de que el acuerdo sea definitivo.

Importancia de la ratificación en el proceso de divorcio

A través de la ratificación, ambas partes manifiestan libremente su consentimiento respecto al convenio regulador, lo que implica:

  • Confirma la voluntad de las partes: el juez se asegura de que el acuerdo ha sido firmado sin coacción, fraude o error.
  • Otorga validez legal: una vez ratificado, el convenio adquiere fuerza ejecutiva, lo que permite que se cumplan las disposiciones pactadas.
  • Protege a los menores: el juez revisa que las medidas acordadas respeten el interés superior de los hijos, tal como establece el artículo 92 del Código Civil.
  • Evita futuros conflictos legales: permite que los términos acordados sean claros y definitivos, reduciendo la posibilidad de futuras disputas.

Si el convenio no se ratificase, el proceso de divorcio quedaría incompleto, lo que puede ocasionar retrasos y la necesidad de iniciar procedimientos adicionales, como el contencioso. También da transparencia al procedimiento, asegurando que las decisiones se tomen conociendo sus implicaciones legales y consolidando acuerdos que podrían quedar en el aire.

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Situaciones en las que se puede negar la ratificación

Existen circunstancias en las que una de las partes puede negarse a ratificar el convenio de divorcio incluso después de haberlo firmado:

  1. Cambio de opinión: una de las partes reconsidera los términos del acuerdo y decide no confirmar su voluntad.
  2. Descubrimiento de irregularidades: se detecta que el convenio contiene cláusulas abusivas, errores o disposiciones contrarias a la ley.
  3. Presión o coacción: la parte demuestra que fue obligada a firmar el convenio bajo amenazas o intimidación.
  4. Protección de menores: si el juez considera que las medidas acordadas perjudican a los hijos, podría denegar su aprobación.

Cuando se presenta alguna de estas situaciones, el procedimiento de divorcio podría transformarse en un proceso contencioso, con el consiguiente aumento de tiempo y coste para ambas partes.

Cabe señalar que negarse a ratificar no siempre implica mala fe por parte de quien rechaza, ya que puede tratarse de una decisión legítima basada en querer reconsiderar aspectos importantes o para incluir nuevas condiciones que reflejen mejor la realidad.

Nuestra legislación vigente ofrece mecanismos para que las partes puedan buscar soluciones alternativas antes de que el proceso se complique innecesariamente.

Consecuencias legales de no ratificar el convenio

La negativa a ratificar el convenio tiene implicaciones legales y procesales:

  • Invalidez del acuerdo: el convenio no adquiere validez ni fuerza ejecutiva, por lo que las partes no están obligadas a cumplir sus disposiciones.
  • Reinicio del procedimiento: de no alcanzarse un nuevo acuerdo, el divorcio pasa de mutuo acuerdo a contencioso, conforme al artículo 770 de la LEC.
  • Costes adicionales: la transformación del procedimiento implica mayores costes económicos, derivados de la necesidad de interponer nuevas demandas y aportar pruebas.
  • Impacto emocional: la falta de ratificación prolonga el proceso y puede generar tensiones adicionales entre las partes.

La situación puede complicarse especialmente si hay menores involucrados, ya que el juez deberá garantizar que sus derechos y necesidades no se vean comprometidos por la falta de acuerdo entre los padres.

Para estos casos, es esencial contar con un asesoramiento jurídico especializado que permita a las partes valorar las consecuencias de sus decisiones y, en caso necesario, negociar un nuevo acuerdo.

Posibilidad de modificar el convenio antes de la ratificación

Para modificar el convenio regulador es necesario que ambas partes estén de acuerdo y que se produzca antes de su ratificación judicial. Este derecho a hacerlo se fundamenta en el principio de autonomía de la voluntad del artículo 1255 del Código Civil. Para llevar a cabo estas modificaciones, es necesario seguir estos pasos:

  • Negociación: las partes pueden renegociar los términos del acuerdo y alcanzar un nuevo consenso.
  • Redacción de un nuevo convenio: se debe elaborar un nuevo documento que refleje las modificaciones acordadas.
  • Presentación ante el juzgado: el nuevo convenio debe ser presentado al juez para su revisión y posterior ratificación.

Es importante destacar que cualquier modificación debe respetar el interés superior de los menores y cumplir con los requisitos legales aplicables.

También hay que tener en cuenta que las modificaciones pueden surgir por circunstancias imprevistas, como por ejemplo, cambios en la situación económica o en las necesidades de los hijos.

Además, la legislación española permite introducir ajustes en convenios que, por su naturaleza, deben adaptarse a los cambios que surgen con el tiempo.

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